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Enviado por ♂ agustin77 el 29 abr 2025, 22:04 / dinero
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Haz un recurso de alzada en base a que con la Ley 39/2015, los ciudadanos no requieren aportar documentos que la Administración ya tiene, o que han sido elaborados por ella.
Artículo 28.2 Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo: "Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración (...)".
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