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¿Eso es para ti el colmo del fraude? Antes de leer el ejemplo te hubiera dado la razón. Los aplazamientos/fraccionamientos sólo se conceden a empresas que están al corriente con Hacienda y que jamás han fallado un pago, para empezar. Y obviamente mi empresa puede afrontar un pago de mil euros en abril (por ejemplo), pero estamos en un sector donde nuestras ventas dependen del stock del que disponemos, y como no debemos ni un céntimo y siempre nos conceden los aplazamientos, invertimos en stock esos mil en abril y cuando los pagamos en tres cuotas (con intereses) en mayo, junio y julio, ya les hemos sacado rendimiento a la inversión. Si eso te escandaliza hasta el punto de llamarlo el colmo, lamento comunicarte que lo vas a pasar mal en ese trabajo.
#1 #1 dohe dijo: ¿Eso es para ti el colmo del fraude? Antes de leer el ejemplo te hubiera dado la razón. Los aplazamientos/fraccionamientos sólo se conceden a empresas que están al corriente con Hacienda y que jamás han fallado un pago, para empezar. Y obviamente mi empresa puede afrontar un pago de mil euros en abril (por ejemplo), pero estamos en un sector donde nuestras ventas dependen del stock del que disponemos, y como no debemos ni un céntimo y siempre nos conceden los aplazamientos, invertimos en stock esos mil en abril y cuando los pagamos en tres cuotas (con intereses) en mayo, junio y julio, ya les hemos sacado rendimiento a la inversión. Si eso te escandaliza hasta el punto de llamarlo el colmo, lamento comunicarte que lo vas a pasar mal en ese trabajo. @dohe efectivamente, me parece absurdo el adv... De todos modos los aplazamientos se conceden incluso cuando ha habido retraso de pagos en algún momento, con embargos y demás..
Pues sinceramente no has puesto muy buen ejemplo, no hay nada de ilegal en aplazar el pago de según que impuesto.
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