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¿Eso no se puede denunciar? Pregunto.
Pero cómo que entrar por la fuerza? Si lo que tiene que hacer es llamar a la policÃa!
¿VerÃas normal que el casero pudiese entrar en cualquier momento en casa de los inquilinos? Denunciad y punto, que lay ley en España os ampara.
¿Cómo que absurda y sin sentido? Si tienes las escrituras de la casa puedes denunciar y los echan tranquilamente de casa. Pero ay como alquilaseis en negro...
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#5 #5 fistro1997 dijo: @siradeuver la ley te impide echar a los okupas@fistro1997 Pero eso será a los okupas que se meten en un piso abandonado, ¿no? Si tú tienes un contrato de arrendamiento de un piso tuyo y el inquilino lo incumple por ley puedes pedir su desahucio. Son dos casos diferentes.
¿Has oido hablar alguna vez de las denuncias?
Eso se llama posesión, y es cierto no puedes ir por la fuerza a su casa. No sé mucho de la legislación en tu paÃs pero revisa en el Código Civil el Libro II: TÃtulo V, que habla de la posesión.
Asà mismo revisa el artÃculo 348 y siguientes "(...)El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla." Averigua como son las demás leyes en España para que tus familiares adelanten una acción reivindicatoria contra las personas que están poseyendo su casa.
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#1 #1 curc0vein dijo: ¿Eso no se puede denunciar? Pregunto. #2 #2 macedoniadefrutas dijo: Pero cómo que entrar por la fuerza? Si lo que tiene que hacer es llamar a la policÃa!#3 #3 ivicc dijo: ¿VerÃas normal que el casero pudiese entrar en cualquier momento en casa de los inquilinos? Denunciad y punto, que lay ley en España os ampara.#4 #4 siradeuver dijo: ¿Cómo que absurda y sin sentido? Si tienes las escrituras de la casa puedes denunciar y los echan tranquilamente de casa. Pero ay como alquilaseis en negro...JAJAJAJAJAJAJAJAJA.
Ay, ya me gustarÃa que me hiciese gracia de verdad. Por supuesto que tiene que denunciar, pero en estos casos la justicia es lentÃsima. Y eso suponiendo que acabaran echándolas, que se ha dado algún caso en el que el juez le ha dado una patada en el culo al propietario.
#11,#11 caserilla dijo: #1 #2 #3 #4 JAJAJAJAJAJAJAJAJA.
Ay, ya me gustarÃa que me hiciese gracia de verdad. Por supuesto que tiene que denunciar, pero en estos casos la justicia es lentÃsima. Y eso suponiendo que acabaran echándolas, que se ha dado algún caso en el que el juez le ha dado una patada en el culo al propietario. Y, por supùesto, cuando las echen, destrozarán todo el mobiliario.
#8 #8 sarita1301 dijo: Eso se llama posesión, y es cierto no puedes ir por la fuerza a su casa. No sé mucho de la legislación en tu paÃs pero revisa en el Código Civil el Libro II: TÃtulo V, que habla de la posesión.
Asà mismo revisa el artÃculo 348 y siguientes "(...)El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla." Averigua como son las demás leyes en España para que tus familiares adelanten una acción reivindicatoria contra las personas que están poseyendo su casa.Pues mira, aquà en España ni siquiera puedes dejar de pagarled la luz, el agua, etc. Pues es como renunciar a la vivienda. Es triste, pero se protege al okupa frente al propietario.
No os creáis, hace poco se ha modificado
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Se me trabo el móvil, iba a decir que ahora se ha modificado la ley y es muchÃsimo más fácil echar a un inquilino moroso jaja
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Me reitero. Se les echa como a ratas. Ellos deciden. O salen cagando hostias y con lo puesto, o salen con los pies por delante.
Para salir como personas, fijo q ya han tenido avisos y opprtunidad
De gratis nada, cuando el banco ya no pueda cobrarse las facturas, adeu.
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Vota por Podemos decÃan....todo sera para bien decÃan..
#24 #24 caserilla dijo: Lo bueno es que al ser un piso en el que la propietaria no reside, no tendrá allà las escrituras. Asà que, si las pu.tas ocupas ésas trabajan, que vigile a ver cuándo no están, llame urgentemente a un cerrajero y asunto zanjado. Pero que lo haga acompañada, cuantas más personas, mejor.@caserilla Se me acaba de ocurrir una cosa. ¿Y si en vez de cambiar la cerradura no quita directamente la puerta? Entrar, lo que se dice entrar, no ha entrado al piso, no es allanamiento xD
Mi tÃa tuvo ese mismo problema.
Y, al final, desalojaron al inquilino, pero el par de años de juzgados no se los quitó nadie, más el gasto del abogado, claro está.
Perdón, pero debo manifestar como jurista que este ADV es una mentira como una catedral. Existen documentos que prueban que esa casa es tuya (por lo que no es necesario forzar ninguna puerta). Tienes a la "absurda" ley española de tu parte.
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Pues vamos a ver si las clases de Derecho me han servido de algo:
1) Para ser "okupa", el lugar que vayan a ocupar no puede tener dueño, en tal caso si ella tiene un contrato de arrendamiento ya prueba que las chicas son poseedoras precarias y que actuan en mala fe, renunciando a su titulo como arrendatarias para intentar usucapir en la propiedad.
2) Lo que tiene que hacer tu prima para evitar que el lapso supra-anual (Segun las leyes de mi pais) comience para la usucapion que ellas intentan es demandar, con eso se interrumpe el tiempo que llevan en posesion de la propiedad para que no comience.
Ellas en todo caso no son propietarias, siguen siendo arrendatarias que han incumplido su contrato y ahora quieren hacerse con la casa, lo cual es un delito si han usado metodos engañosos.
El cambiar cerraduras no hace que sean propietarias, es más, con el mismo contrato de arrendamiento y eso como prueba tu prima prueba que no hay intencion de pagar, por lo cual una demanda por cumplimiento de contrato es lo más adecuado para poder desalojarlas con el correspondiente pago por el dinero debido más intereses.
Mi marido y yo estamos en las mismas condiciones.
El inquilino se convirtió en okupa, claro que hemos denunciado y eso lleva ya casi 1 año...y lo que queda aún.
Mientras taanto tenemos que vivir con mi suegra porque la hipoteca tiene que seguir pagandose.
#16 #16 jvrlvs dijo: Se tapian ventanas y puerta salvo una lequea rendija q dejamos para el final.
Se mes advierte q tienen 5 minutos para salir. A los 5 minutos se las gasea, se vacÃa una buena cantidad de gasolina...y se prende fuego.... A fin de cue tas es tu propiedad y haces con ella lo q te salga de la punta de la nariz. Y ya q te has quedado sin piso, pues...si no es pa ti, no es pa nadie.
@jvrlvs Tu si que sabes solucionar un problema...
Alquilado evolucionó en okupa!!
Si vas a juicio tienes 4 añitos buenos por delante,y sino allanales la cara
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#38 #38 adrfax dijo: Me has hecho investigar que es okupas y he quedado pasmado... Creo que para la próxima tendras que acosar y seguir a futuros inquilinos antes de darles el visto bueno. Si cometer un "crimen" para prevenir otro es lo que toca hacer, ni modo.@adrfax Lo de no echar a los "okupas" solamente vale si se meten en un piso vacÃo y/o si no existe un contrato de arrendamiento legal por medio, algo que legalice su estancia y estipule cuánto dura. Otra cosa es que para estas cosas la justicia actúe muy lentamente y te tires años con vistas judiciales, declaraciones, recursos, blablabla... al final te acaba saliendo más caro el proceso judicial que el maldito piso.
#6 #6 siradeuver dijo: #5 @fistro1997 Pero eso será a los okupas que se meten en un piso abandonado, ¿no? Si tú tienes un contrato de arrendamiento de un piso tuyo y el inquilino lo incumple por ley puedes pedir su desahucio. Son dos casos diferentes.@siradeuver Si nos ponemos estrictos, se hace la denuncia por robo (nunca por "usurpación", si no la causa podrÃa tardar años en desarrollarse). La policÃa deberÃa intervenir cuanto antes y desalojar la vivienda... pero me sigue oliendo a cuento.
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me hace gracia como llamais ocupa a lo que os sale de los huevos.
Solucion simple, le dices a un amigo que okupe su casa, cambiais la cerradura y os que dais con todo, no creo que tengan ovarios para llamar a la policia.
#32 #32 lastvampire dijo: Pues vamos a ver si las clases de Derecho me han servido de algo:
1) Para ser "okupa", el lugar que vayan a ocupar no puede tener dueño, en tal caso si ella tiene un contrato de arrendamiento ya prueba que las chicas son poseedoras precarias y que actuan en mala fe, renunciando a su titulo como arrendatarias para intentar usucapir en la propiedad.
2) Lo que tiene que hacer tu prima para evitar que el lapso supra-anual (Segun las leyes de mi pais) comience para la usucapion que ellas intentan es demandar, con eso se interrumpe el tiempo que llevan en posesion de la propiedad para que no comience.@lastvampire jajaja que gracia, parce que no te han ayudado ya que en el primer punto te lÃas, si hay tÃtulo no es precario y la usucapión va dirigida en relación a la propiedad, no la posesión.
Bueno como abogado comentaré el tema por si hay dudas. Si tienen contrato y no pagan se pone un desahucio por impago de rentas (pero no penséis que tardará un mes). Si no hay contrato y dicen que son ocupas queda la vÃa penal o la vÃa civil. En la penal no se hará nada, mejor ir a un precario por vÃa civil y en un tiempo (no creo que menos del año) tendrás el piso.
Vaya, cuanta gente está en contra de la okupación... cualquiera lo dirÃa viendo la cantidad de votos que ha sacado Podemos. Si, esos que dicen que si tienes una segunda vivienda te la expropiarÃan para dársela a otro que no tenga casa...
#49 #49 nomequierocallar dijo: Vaya, cuanta gente está en contra de la okupación... cualquiera lo dirÃa viendo la cantidad de votos que ha sacado Podemos. Si, esos que dicen que si tienes una segunda vivienda te la expropiarÃan para dársela a otro que no tenga casa...@nomequierocallar Qué atrevida es la ignorancia, únicamente te diré que el hombre es esclavo de sus palabras y si no quieres quedar mal es mejor informarse antes de meter la pata ;). Si lo prefieres métete en la página de podemos, ahà hay mejor información que en intereconomia.
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